El matrimonio entre español y marroquí: No olvides la capacidad matrimonial
por Raquel Molina HernándezCada vez nos encontramos con más casos como este: matrimonio entre español@ de origen marroquí y ciudadan@ marroquí que se desea celebrar en Marruecos e inscribirlo en España.
No podemos cometer la torpeza de desconocer qué documentos necesitamos para que ese matrimonio celebrado en Marruecos pueda luego inscribirse en el Registro Civil español. Y es que, cuando topamos con la ley topamos también con la burocracia lo que hace perder la magia de un momento tan importante para algunas personas. Sin embargo, debemos hacer bien el trámite para no perder, además, nuestros derechos.
Dicho esto, para poder celebrar el matrimonio en Marruecos y que ello permita luego inscribirlo en España es necesaria la obtención de la capacidad matrimonial que consiste en autorizar al ciudadano español de origen marroquí a que pueda contraer matrimonio en Marruecos. Esta autorización se solicita ante el Registro Civil.
No se trata de un requisito conocido y en algunos casos que nos han llegado cuando la pareja quiso inscribir el matrimonio en el Registro Civil de su domicilio éste le denegó la inscripción por que en su día no se había solicitado la capacidad matrimonial. Se trata de un requisito indispensable y previo a la celebración del matrimonio puesto que concede al/la ciudadan@ español@ el derecho a contraerlo bajo la legislación marroquí. De obtenerla, el matrimonio no podrá inscribirse en España. Si ello ocurre, la única solución es disolver por divorcio el matrimonio celebrado en Marruecos y, una vez obtenido, solicitar la capacidad matrimonial que, una vez concedida, permitirá celebrar de nuevo el matrimonio en Marruecos para luego poder ser inscrito en España.
Sin embargo, no siempre se concede. Este fue el caso de A.O. Acudió a vernos con un Auto del Juez encargado del Registro Civil donde le denegaban la capacidad matrimonial. El motivo de la denegación estuvo en las respuestas que ella y su futuro esposo habían dado en la audiencia reservada. Al parecer, la pareja manifestó que se comprometió el mismo día que se conocieron en Marruecos y desde entonces no se habían vuelto a ver, manteniendo la comunicación mediante whatsapp. El Ministerio Fiscal interpretó este hecho como un indicio de que la intención de la pareja era contraer matrimonio sin verdadero consentimiento matrimonial con el fin de que el esposo obtuviese el permiso de residencia una vez llegado a España. Sin entrar a valorar la motivación del Auto, simplemente quiero resaltar que la capacidad matrimonial no se concede de forma automática sólo con reunir la documentación que se nos pide, si no que es muy importante cómo se desarrolla la audiencia reservada que se realiza a cada contrayente antes de valorar su concesión.